PROMOCIÓN “SCHWARZKOPF PROFESSIONAL Y SALON MARKET TE LLEVAN A PUNTA CANA”
1. ORGANIZADOR. ARTICO S.A.C.I en adelante el ORGANIZADOR, con RUC N° 80002870-8, domicilio situado en la calle Teniente Mellones N° 1394 de la ciudad de Asunción, teléfono +595 21223433 realizará la promoción denominada Schwarzkopf Professional & Salon Market te llevan a Punta Cana, en adelante la PROMOCIÓN.
2. VIGENCIA. La PROMOCION tendrá vigencia desde el 21 de octubre 2026 hasta el 14 de diciembre 2026 y será válida para todo el territorio nacional.
3. PARTICIPANTES. Podrán participar de la PROMOCION todas las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos en estas bases y condiciones.
4. RESTRICCIONES DE PARTICIPACIÓN. No podrán participar de la PROMOCION, ni hacerse acreedores de los premios:
a. Los menores de 18 años.
b. Los prófugos de la justicia o con privación de libertad por mandato judicial.
c. Los propietarios, accionistas, apoderados, directivos, gerentes, funcionarios o empleados del ORGANIZADOR, o sus familiares directos (padres, hijos, hermanos, cónyuges)
5. SISTEMA DE PARTICIPACIÓN. Participan de la promoción todos los clientes que hayan realizado las compras de productos de la marca Schwarzkopf Professional en todas las tiendas de Salon Market Cosméticos, durante la vigencia de la PROMOCION.
Por cada unidad de producto Schwarzkopf Professional participante adquirida durante la vigencia de la Promoción, el cliente obtendrá 1 (una) chance para participar del sorteo.
Por ejemplo:
1 producto = 1 chance
2 productos = 2 chances
3 productos = 3 chances
Y así sucesivamente.
6. PREMIOS. Durante la PROMOCION serán sorteados los siguientes premios:
La Promoción contará con 2 (dos) ganadores titulares.
Cada ganador recibirá:
1 (un) viaje a Punta Cana, República Dominicana, para 2 (dos) personas, correspondiente al ganador y 1 (un) acompañante.
Cada premio incluye:
Pasajes aéreos ida y vuelta.
Equipaje según las condiciones de la tarifa aérea contratada.
Traslados aeropuerto–hotel–aeropuerto.
6 (seis) noches de alojamiento.
Hotel categoría 5 estrellas.
Régimen All Inclusive.
El viaje se realizará del 26 de enero al 31 de enero de 2027.
En total serán 2 ganadores, cada uno con 1 acompañante, totalizando 4 pasajeros.
7. SORTEO. El sorteo será realizado en fecha 15 de diciembre en el local ubicado en Salon Market Cosméticos República Argentina.
a. Como sistema de sorteo se empleará el uso de cupones electrónicos.
b. Durante el sorteo de cada premio además se seleccionará dos cupones que corresponderá al ganador suplente, quien será el acreedor del premio únicamente en caso que el ganador titular se encuentre inhabilitado, según las restricciones de participación de estas bases y condiciones.
8. EXCLUSION. En el caso en que el ORGANIZADOR constate que el potencial ganador se encuentra inhabilitado por hallarse dentro de las restricciones de participación establecidas en estas bases y condiciones, se procederá a la anulación del cupón seleccionado, dejando constancia del hecho mediante acta notarial donde se describirá en detalle el motivo. En este caso, el participante con el cupón suplente pasará a ser el acreedor del premio, lo cual se dejará constancia en la misma acta notarial.
9. NOTIFICACION: Los ganadores serán notificados vía telefónica en el transcurso de las 48 horas posteriores al sorteo. Además, el listado de ganadores (nombre, apellido, y tres últimos dígitos del documento de identidad) será publicado en la página web del ORGANIZADOR y en sus redes sociales.
10. RETIRO DE PREMIOS. El ganador tendrá un plazo improrrogable de 60 días hábiles posteriores a la fecha del sorteo para retirar el premio, y a tal efecto deberá presentarse en el lugar indicado por el ORGANIZADOR. El ganador debe presentar su documento de identidad.
11. PREMIOS VACANTES. Cumplido el plazo sin que se haya presentado el ganador, el valor del premio será destinado al financiamiento del FONARESS, conforme a lo establecido en la Ley 6703/20, y sus modificaciones.
12. RESPONSABILIDAD. El ORGANIZADOR no será responsable del uso o destino que el ganador otorgue a los premios recibidos.
13. PUBLICIDAD. El ganador, al momento de aceptar y retirar el premio, otorga de manera gratuita al ORGANIZADOR el derecho a publicitar su nombre e imagen, para la difusión en comerciales de televisión, radio, prensa escrita o redes sociales, por un plazo de 12 meses de finalizada la PROMOCION. Esta cesión de derechos será otorgada al solo efecto de publicitar el resultado de la promoción de referencia, y no será utilizada para otros fines.
14. PRIVACIDAD. Los datos personales de los participantes que el ORGANIZADOR reciba o posea serán tratados de acuerdo a la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal. El ORGANIZADOR se compromete a dar un tratamiento prudente y cuidadoso de los datos entregados por el PARTICIPANTE y almacenados al momento del registro de la PROMOCION. En caso que el registro de participación sea realizado por medios electrónicos, el ORGANIZADOR informará al PARTICIPANTE del uso o destino que hará de la información personal recopilada, mediante mensaje que será publicado en la misma plataforma de registro.
15. MODIFICACIONES. El ORGANIZADOR podrá, previa autorización de CONAJZAR, modificar, extender, ampliar, suspender o cancelar esta PROMOCION cuando circunstancias imprevistas así lo justifiquen. En todos los casos, las modificaciones introducidas deberán ajustarse a la legislación vigente y no afectarán derechos adquiridos.
16. REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN. La participación en la promoción implica la aceptación de lo establecido en estas bases y condiciones, documento que estará a disposición de los participantes en el sitio web del organizador y en sus redes sociales. La eventual declaración de nulidad de una o más cláusulas de estas Bases y Condiciones, no afectará la validez de las demás cláusulas.
17. INTERPRETACION. Ante cualquier discrepancia o contradicción que pudiese existir entre las disposiciones establecidas en las presentes Bases y Condiciones y en los reglamentos de condiciones de uso mencionados en el artículo anterior, prevalecerá lo establecido en las presentes Bases y Condiciones.
18. JURISDICCIÓN. Toda situación que pudiera derivar en un conflicto entre el ORGANIZADOR y el PARTICIPANTE podrá ser resuelta, a pedido de las partes, por la CONAJZAR. Queda además expedita la vía jurisdiccional, en caso que los interesados así lo consideren para la mejor defensa de sus derechos, y a tal efecto, se establecen los tribunales ordinarios de la ciudad de Asunción.






